Presunción legal de laboralidad del trabajo en plataformas digitales de reparto ¿Y ahora qué?
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Date
2022
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En este comentario se analizan las soluciones jurisprudenciales —STS de 25 de septiembre de 2020— y legales —Ley 12/2021, de 28 de septiembre— dispensadas a la controversia sobre la naturaleza jurídica que cabe atribuir a la actividad de reparto efectuada a través de plataformas digitales, haciéndose especial hincapié en la presunción de laboralidad de esta prestación de servicios introducida por esta última norma. Asimismo, se indaga en las nuevas controversias jurídico-laborales que van a suscitar y, de hecho, ya están suscitando, las nuevas e ingeniosas estrategias adoptadas por las plataformas digitales con el fin de “eludir” la presunción de laboralidad de esta actividad, a saber, el recurso a empresas de última milla, a empresas de trabajo temporal y a cooperativas de repartidores.
Citation
Journal or Serie
Revista de Estudios Jurídico Laborales y de Seguridad Social, 2022, núm. 4, p. 159-207