Preservació de la propietat rural i conflictivitat local: aportació historiogràfica i antropològica a l'estudi del fenomen. Segles XVIII-XX

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2009Suggested citation
Capdevila i Capdevila, Joaquim;
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(2009)
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Preservació de la propietat rural i conflictivitat local: aportació historiogràfica i antropològica a l'estudi del fenomen. Segles XVIII-XX.
Urtx: Revista cultural de l'Urgell, 2009, núm. 23, p. 379-411.
http://hdl.handle.net/10459.1/59102.
Metadata
Show full item recordAbstract
Durante la primera parte de este artículo incidimos en la conflictividad que acerca de la propiedad de la tierra –
de la infranqueabilidad de sus límites y de la exclusividad de sus frutos – provoca un nuevo individualismo campesino
protocapitalista, y unas nuevas concepciones correlativas de la propiedad rural; aportamos y estudiamos
en este sentido dos episodios acaecidos en Maldà durante las décadas de los setenta y ochenta del siglo XVIII, y
desarrollamos un razonamiento teórico alrededor de los fundamentos antropológicos de este exclusivismo payés.
A continuación, presentamos una panorámica evolutiva de los instrumentos legales que desde la segunda mitad
del siglo XVIII hasta las primeras décadas del siglo XX se han utilizado para reprimir los abusos contra la propiedad
rural. Constatamos, en este orden, el asentamiento y la intensificación que durante las últimas décadas del diecinueve
y durante la Restauración especialmente, se produce de las prácticas de multas, bandos y guardería rural,
de modo correlativo al desarrollo y consolidación que experimenta el municipio liberal durante este período. Centrados
en esta etapa, y estudiadas las disposiciones de persecución y represión de las faltas contra la propiedad
rural en cuatro municipios del área noroccidental catalana – Tárrega, Ciutadilla, Sant Martí de Maldà y Barbens –
nos damos cuenta de que la productividad de los mencionados mecanismos ( multas, bandos y guardería ) deviene
especialmente intensa en Tárrega, un municipio donde el Ayuntamiento no arrienda las hierbas del término municipal,
dejando esta prerrogativa a voluntad de los propietarios.